¿Qué es el recuento de votos y cuándo se aplica? Procedimiento está a cargo de los Jurados Electorales Especiales
Chiclayo en Límea.- Las audiencias públicas de recuento de votos, que continúan desarrollándose, a cargo de los Jurados Electorales Especiales (JEE), permiten volver a contar los votos físicos en determinados casos previstos por la ley, en el marco de la segunda vuelta presidencial de las elecciones generales 2026, realizada el pasado 7 de junio.
¿QUÉ ES EL RECUENTO DE VOTOS?
El recuento de votos es un mecanismo de transparencia y
garantía democrática mediante el cual el JEE vuelve a contar los votos físicos
utilizando las cédulas de sufragio conservadas en los sobres lacrados remitidos
por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE).
Este procedimiento tiene como finalidad evitar que errores
presentes en las actas electorales puedan derivar en la anulación injustificada
de una mesa de sufragio o afectar la votación obtenida por una organización
política o candidato.
¿EN QUÉ CASOS PROCEDE?
Ante actas con información incompleta, ilegible o sin
firmas, aquellas que presentan datos faltantes que no pueden ser subsanados
mediante el cotejo, así como las que contienen cifras inconsistentes.
Cuando la suma de los votos obtenidos por organizaciones
políticas, votos nulos y votos en blanco supera el número total de votantes o
de electores hábiles registrados.
En caso de extravío o siniestro de los ejemplares del acta
electoral correspondientes a la ODPE, al JEE, a la Oficina Nacional de Procesos
Electorales (ONPE) y al Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
¿QUIÉNES PARTICIPAN?
Para realizar el recuento es obligatoria la presencia del
Pleno del JEE, integrado por su presidente, segundo miembro y tercer miembro.
Además, se requiere la asistencia técnica del secretario del
JEE, del especialista en tecnología de la información y del operador
multimedia.
De manera opcional pueden participar los personeros legales
de las organizaciones políticas, en calidad de representantes de estas, así
como un representante del Ministerio Público.
¿CÓMO SE REALIZA EL PROCEDIMIENTO?
El recuento se inicia cuando el presidente del JEE abre el
sobre lacrado que contiene las cédulas de sufragio. Posteriormente, realiza un
nuevo conteo de los votos, muestra cada cédula a los asistentes mediante medios
tecnológicos y lee en voz alta su contenido. Luego, la cédula es revisada por
los demás integrantes del pleno.
A su vez, el segundo y el tercer miembro del JEE verifican,
uno por uno, el contenido de cada voto. Los personeros legales presentes tienen
derecho a examinar las cédulas a través de los medios tecnológicos habilitados
para la audiencia.
Concluido el recuento de todas las cédulas, se da la
redacción del acta con los resultados finales. Este documento es firmado por
los miembros del JEE, el secretario, el representante del Ministerio Público y
los personeros de las organizaciones políticas que decidan hacerlo.
¿SE PUEDEN PRESENTAR IMPUGNACIONES?
No. Durante el desarrollo del recuento de votos, los
personeros no pueden impugnar las cédulas de sufragio ni cuestionar la
identidad de los electores que emitieron su voto el día de la elección. Tampoco
es posible impugnar la decisión del JEE de efectuar el recuento ni los
resultados obtenidos tras este procedimiento.
AUDIENCIAS PÚBLICAS
Cabe señalar que los JEE iniciaron el pasado 11 de junio las audiencias públicas de recuento de votos correspondientes a las mesas de sufragio bajo su competencia. Estas sesiones públicas se pueden ver en tiempo real desde cualquier punto del país o del extranjero a través del portal institucional del JNE, mediante los enlaces habilitados en el botón "Recuento de votos EG 2026".
Asimismo, las sesiones son transmitidas por JNE Media, a
través del canal 552 de Movistar, y mediante las redes sociales oficiales de la
institución.(Fuente Andina)(Foto JNE)