Martes, 10 Diciembre 2024 - 11:00pm
Chiclayo en Línea.- La sanción penal al delito de violación sexual a menores de edad está exenta todo tipo de beneficio penitenciario y del mecanismo de prescripción.
El juez Omar Ahomed explicó que este ilícito es sancionado con la máxima pena existente en el país, que es la de cadena perpetua.
Todo ello está expresamente establecido en la legislación vigente, manifestó el magistrado.
Asimismo, Ahomed explicó que si, por causa de la violación, el menor de edad pierde la vida, también se aplicará la pena de cadena perpetua sobre el responsable.
“El hecho de cometer un delito de violación en agravio de un menor constituye de por sí una cadena severa, la cadena perpetua. La legislación es clara en ese sentido”, recalcó el juez.
Sin beneficios
En ese sentido, recordó que la ley restringe la aplicación de beneficios penitenciarios a los condenados por el mencionado ilícito.
“La legislación restringe los beneficios. Es decir, estos condenados no pueden redimir la pena por el trabajo, no pueden obtener un beneficio de liberación condicional, ni obtener un beneficio de semilibertad. Además, por la naturaleza de este delito las penas son imprescriptibles”, indicó.
De igual forma, al consistir la condena por este delito en una pena mayor de 5 años de prisión y, por ende, existir un mayor peligro de fuga, los procesados enfrentarán el proceso judicial en su contra permaneciendo en prisión. (Fuente: Andina)
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