Chiclayo en Línea.- Los constitucionalistas Francisco Eguiguren y Luciano López coincidieron en señalar que la reforma de adelanto de elecciones que presentó el Ejecutivo al Congreso y una eventual cuestión de confianza por este tema son constitucionales.
Eguiguren sostuvo que la Constitución no señala un adelanto de elecciones pero tampoco lo prohíbe, por lo que consideró como válido plantear ante el Congreso una reforma para recortar el mandato presidencial y parlamentario.
“La Constitución es la primera norma jurídica que regula el funcionamiento político, esto es un problema más político”, en referencia a la confrontación que hay entere el Ejecutivo y el Congreso.
Refirió que el Ejecutivo, en atribución de sus facultades, puede presentar una reforma constitucional y solo el Congreso, también en función de sus atribuciones, puede aprobarla o desestimarla con o sin una cuestión de confianza.
También consideró como constitucional que el Ejecutivo presente una cuestión de confianza al Congreso, petición que el Parlamento resolverá en función de su autonomía.
Recordó que el año 2000, tras la crisis en el gobierno de Alberto Fujimori y los “vladivideos”, se planteó una reforma constitucional para recortar el mandato presidencial y del parlamento.
“Se hizo en el 2000, por qué no se hace ahora si hay una crisis política, hay que hacerlo, pero de acuerdo a la Constitución”, refirió.
Comentó además que el Ejecutivo ya presentó al Congreso una cuestión de confianza sobre reformas constitucionales como bicameralidad y otras de la reforma de justicia, las mismas que fueron aprobadas en el Legislativo y sometidas a referéndum.
El gabinete del Salvador del Solar también presentó un paquete de proyectos de ley y reformas constitucionales en la reforma política con una cuestión de confianza, agregó.
“Algunas voces dijeron no se puede y el Congreso las aprobó, por qué ahora cambia de opinión respecto a las reformas constitucionales”, se preguntó.
El constitucionalista Luciano López, asimismo, opinó que la reforma constitucional es una iniciativa del presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, lo mismo que la cuestión de confianza.
“La sentencia del Tribunal Constitucional reconoce que la cuestión de confianza se presenta en amplia forma. Puede ser sobre proyectos de reforma constitucional y, si no se aprueba, se puede presentar una cuestión de confianza”, afirmó en RPP.
Considero también como un antecedente de una reforma constitucional aprobada en el Congreso el recorte de mandato presidencial y parlamentario y el adelanto de elecciones el 2000.
Sostuvo que en paralelo los actores políticos podrían mostrar una voluntad para salir del entrampamiento con la propuesta que formuló uno de los actores, pero observó que no ve con nitidez voluntad para ponerse de acuerdo en el Congreso.
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