Chiclayo en Línea.- Los actuales parlamentarios y los exlegisladores del Congreso disuelto no pueden postular en las elecciones generales del 2021, dado que la Constitución prohíbe la reelección inmediata en el Legislativo, sostuvo hoy el experto en temas electorales José Villalobos, integrante del Instituto Peruano de Derecho Electoral.
Comentó que la reforma constitucional aprobada en referéndum, en diciembre de 2018, establece que los parlamentarios están impedidos de postular para el siguiente periodo parlamentario y ese mandato constitucional se debe cumplir.
Los congresistas elegidos el 2016, según dijo, interrumpieron su periodo parlamentario el 2019, y los actuales legisladores, elegidos en enero de 2020, completarán ese mismo periodo parlamentario hasta el 2021.
“La Constitución prohíbe la reelección para el siguiente periodo, eso está claro, ahora veremos qué interpretación le dan al periodo ordinario del Congreso, cómo no se ha cumplido los cinco años el 2019; es un tema interpretable, mi interpretación es que no se puede, pero el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) es el llamado a resolver", afirmó a la agencia Andina.
Sostuvo que tanto los parlamentarios elegidos el 2016 y los congresistas elegidos el 2020 forman parte de un mismo periodo congresal y, por tanto, no podrían reelegirse para el periodo parlamentario inmediato (2021-2026).
En el referéndum de 2018, se aprobó la reforma constitucional que incorporó en el artículo 90-A de la Constitución Política del Perú el siguiente texto: “Los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo período, de manera inmediata, en el mismo cargo”.
Villalobos consideró que ese criterio ha quedado claro, sin embargo, estima que el partido Alianza para el Progreso (APP) tiene derecho a formular una consulta para que el JNE se vuelva a pronunciar sobre si los parlamentarios actuales y los exparlamentarios del Congreso disuelto pueden postular.
“El JNE no lo aclaró directamente cuando resolvió que los exparlamentarios del Congreso disuelto podía postular en las elecciones complementarias de 2020, dijo en ese entonces que se trababa de un mismo periodo parlamentario, que el 2020 no es un periodo diferente, sino parte del anterior, eso lo aclaró el JNE por mayoría”, sostuvo.
Observó que el pleno JNE será renovado antes de las elecciones de 2021, lo que implica que el nuevo pleno, en caso tome competencia de este caso, pueda tener una opinión diferente ante la consulta de APP.
Sostuvo que un momento adecuado para el pleno del JNE absuelva esa consulta será cuando se apruebe el reglamento de inscripción de las listas de candidatos, en el cual debería incluirse un artículo precisando la situación de los actuales y exparlamentarios del periodo 2016-2021.(Andina)
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