Chiclayo en Línea.- Las organizaciones políticas tienen plazo hasta el 3 de julio de 2017 para presentar su Información Financiera Anual (IFA) 2016 a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), en cumplimiento al artículo 34° de la Ley de -Organizaciones Políticas, con la finalidad de transparentar sus finanzas partidarias.
El informe anual, según el organismo electoral, debe contener el balance general con el detalle de la composición de cada una de sus cuentas, el estado de ingresos y egresos, diferenciando las fuentes de financiamiento privadas y públicas, notas a los estados financieros e información complementaria a los estados financieros.
La IFA comprende el periodo que va del 01 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2016.
El cronograma de presentación de la información financiera anual fue fijada a través de la Resolución Jefatural N° 158, rubricada por el Jefe de la ONPE, Adolfo Castillo Meza. Esta norma también fijó el cronograma de presentación para la información semestral sobre las aportaciones /ingresos y gastos del financiamiento privado permitidos por la Ley del año 2017.
Así, el primer informe financiero semestral, correspondiente al periodo del 1 de enero al 30 de junio de este año, tiene como último día de presentación el 14 de julio de 2017. El segundo informe financiero semestral, correspondiente al periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de este año, tiene como último día de presentación el 15 de enero de 2018.
La información financiera anual y semestral de los movimientos regionales podrá ser entregada en cualquiera de las diecinueve Oficinas Regionales de Coordinación de la ONPE.
Según el artículo 79° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, cuando los partidos políticos beneficiarios del financiamiento público directo - presenten la información financiera anual en forma extemporánea (o fuera del plazo de ley), se aplica una tabla de graduación de la sanción que consiste en la pérdida de un porcentaje del indicado financiamiento - en función del número de días hábiles de presentación extemporánea. En ese sentido, hay tres tipos de sanción, leve, grave y muy grave. En esta última, por más de 30 días de presentación extemporánea, el porcentaje de pérdida del financiamiento público directo es del 100%.
El informe que presentarán las organizaciones políticas será objeto de verificación y control por parte del organismo electoral.
La Ley de Organizaciones Políticas señala que las agrupaciones políticas deben entregar su información financiera anual a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios en el plazo de seis meses contados a partir del cierre del ejercicio anual.
También indica que la Información Financiera Anual debe hacerse conforme a las normas aprobadas por el Consejo Normativo de Contabilidad y al Reglamento. Asimismo, el documento debe estar suscrito por el tesorero, un contador público colegiado –con matrícula hábil a la fecha- y el representante legal del partido.
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