Chiclayo en Línea.- La Oficina de Normalización Previsional (ONP) está otorgando pensión provisional a los trabajadores con discapacidad para el trabajo con el informe de su médico tratante, mientras que la comisión médica calificadora de la incapacidad emita el certificado para otorgar la pensión definitiva.
Está modificación a favor de los asegurados forma parte de las iniciativas contenidas en el Reglamento Unificado de las normas legales que regulan el Sistema Nacional de Pensiones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 354-2020-EF, el 25 de noviembre de 2020.
En caso de haber transcurrido más de un mes sin que la comisión médica emita el certificado, el asegurado puede solicitar su pensión por discapacidad para el trabajo con el informe de su médico tratante, en tanto se emite el certificado final.
Además, cabe recordar que, en cualquier caso, si en el plazo de noventa días calendario de presentada la solicitud de pensión, la ONP no emite respuesta, debe otorgar de oficio una prestación provisional equivalente a la pensión mínima, hasta por un plazo máximo de un año.
La pensión puede solicitarla por onpvirtual.pe (opción estoy aportando, opción quiero mi pensión). Puede hacerlo un familiar o una tercera persona con carta poder o que tenga facultades de representante.
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