Chiclayo en Línea.- El 4 de enero de 2021, mediante el Decreto Supremo N.º 018-2020-MINEDU, el Gobierno aprobó el Nuevo Reglamento del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (Pronabec) del Ministerio de Educación. Con ello se busca promover un acceso más equitativo a la educación superior para los estudiantes de alto rendimiento y escasos recursos económicos; y procurar que los beneficiarios de las becas y créditos que ofrece el Pronabec permanezcan en la educación superior hasta la culminación de sus estudios.
En línea con el primer objetivo, el Nuevo Reglamento permitirá que a aquellos que hayan sido preseleccionados en un concurso por becas de acceso a la educación superior, como por ejemplo Beca 18, se les financie el costo de hasta dos exámenes de admisión, así como la preparación para la postulación a una Institución de Educación Superior (IES). Con ello se espera que los jóvenes, sobre todo los de menores recursos y/o los más vulnerables, estén mejor preparados y aumenten su probabilidad de ser admitidos a instituciones de mayor calidad educativa y de ganar la beca.
En línea con el segundo objetivo, el Nuevo Reglamento permitirá que los becarios puedan tener mayores oportunidades de continuar y culminar sus estudios. Por ejemplo, aquellos que no hayan acabado su carrera, según los tiempos establecidos en su malla curricular, podrán contar, de manera excepcional, con el financiamiento de los costos académicos de un periodo adicional de estudios.
Del mismo modo, los becarios que, en el proceso de adaptación a la educación superior, desaprueben algún curso de pregrado podrán contar de manera excepcional con el financiamiento de ese curso. Ello les permitirá concentrarse en sus estudios y no tener que destinar tiempo a buscar otras fuentes de financiamiento que puedan poner en riesgo su permanencia en la educación superior.
En la misma línea, el Nuevo Reglamento les brinda a los becarios mayores alternativas para suspender o interrumpir temporalmente sus estudios sin perder la beca, entre ellas por motivo de embarazo, parto o lactancia; encontrarse en una situación de riesgo alto; y sin causa alguna, siempre y cuando no se haya iniciado clases. A su vez, ya no se establece como causal de pérdida de beca que un becario tenga promedio general desaprobado, sino que se configura la pérdida cuando este desapruebe todos los cursos del periodo académico o si repite un mismo curso por más de dos veces.
Con estas medidas se espera disminuir la deserción, sobre todo en las poblaciones de menores recursos y más vulnerables, quienes, en promedio, presentan mayores brechas de aprendizaje.
Sobre los créditos educativos
El otorgamiento del crédito tendrá como criterios de prioridad la asignación de acuerdo al mérito académico, las barreras socioeconómicas y los retornos de la inversión específica a la IES y la carrera. Con ello, se apuesta por financiamientos a largo plazo y de naturaleza flexible que permitan a los beneficiarios pagar sus deudas una vez graduados e insertados al mercado laboral.
El Pronabec también podrá financiar estudios de manera total o parcial mediante una combinación de beca y crédito, que contribuirá a incrementar la cobertura de la población objetivo y hacer más eficiente su intervención.
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