Chiclayo en Línea.- Con miras a la segunda elección regional del próximo 4 de diciembre, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) emitió la Resolución Jefatural n.° 004230-2022-JN/ONPE, en la cual extiende la vigencia de las excusas al cargo de miembro de mesa y de las justificaciones de inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio que fueron otorgadas para los comicios del 2 de octubre del presente.
Asimismo, podrán presentar la solicitud las personas electas para asumir el cargo de miembro de mesa y que ahora se encuentren impedidas de ejercer el referido cargo y/o acudir a la instalación de la mesa de sufragio en la jornada de la Segunda Elección Regional 2022.
De la misma forma, las personas en grupos de riesgo para la COVID-19 y las mujeres embarazadas o personas con hijos menores o igual de dos (2) años, están facultadas a solicitar la excusa al cargo de miembro de mesa, de manera gratuita para estos casos para la Segunda Elección Regional 2022.
Igualmente, el organismo electoral estableció un plazo de 5 días hábiles para presentar nuevas solicitudes de excusa al cargo de miembro de mesa, el mismo que se contará desde el día siguiente de la publicación de la resolución de proclamación de resultados de los comicios que emita el Jurado Nacional de Elecciones.
Justificaciones
La ONPE también fijó que el plazo para presentar nuevas solicitudes de justificación por inasistencia a la instalación de mesa de sufragio será hasta antes de los cinco (5) días naturales previos a la fecha en que se realizará la Segunda Elección Regional 2022
Según el Decreto Supremo n.° 135-2022-PCM, el Ejecutivo convocó para el 4 de diciembre la Segunda Elección en el proceso de Elecciones Regionales de gobernadores y vicegobernadores de los gobiernos regionales en las circunscripciones de la República donde ninguna fórmula ha alcanzado el treinta por ciento (30 %) de los votos válidos.
La ONPE organizará y ejecutará la segunda elección regional en Amazonas, Cajamarca, Callao, Cusco, Lambayeque, Lima Provincias, Moquegua, Pasco y Piura, dado que ninguna fórmula de candidatos superó el 30% de los votos válidos que exige la Ley de Elecciones Regionales (Ley N.º 27683) durante los comicios realizados el pasado 2 de octubre.
Comentarios