Chiclayo en Línea. - Talento, ¿conoces en qué casos puedes perder la beca que ganaste? De acuerdo al reglamento del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (Pronabec) del Ministerio de Educación, son seis las causales que pueden ocasionar esta pérdida. En esta nota te brindamos la información necesaria sobre estas situaciones para que las evites y puedas culminar con éxito tus estudios profesionales.
Por si no lo sabías, la pérdida de la beca consiste en el retiro de todos los derechos que se te otorgaron al momento de ser un ganador. Solo en el caso de quienes realizan estudios en el extranjero, aunque pierdan la beca, se les da el beneficio del pasaje de retorno. Una de las consecuencias más graves de esta situación es el impedimento para postular a una beca del mismo nivel de estudios del Pronabec, así como a cualquier otro tipo de beca o crédito que canalice, gestione o subvencione el Estado.
A continuación, te mostramos las seis causales que ocasionarán la pérdida de tu beca y sus consecuencias, según el artículo 34 del reglamento del Pronabec.
1. Falsear la información socioeconómica y/o académica para continuar con la beca.
Consecuencia: te impide permanentemente postular a cualquier otro tipo de beca o crédito del Estado. Además, tendrás que devolver el total de todos los costos académicos y no académicos desde el inicio de los estudios.
2. Ser expulsado de la institución de educación superior.
Consecuencia: te impide permanentemente postular a cualquier otro tipo de beca o crédito del Estado. Además, tendrás que devolver el total de todos los costos académicos y no académicos del último semestre cursado.
3. Desaprobar un mismo curso más de dos veces o todos los cursos en un mismo ciclo de estudios.
Consecuencia: te impide permanentemente postular a cualquier otro tipo de beca o crédito del Estado en el mismo nivel de estudios de la beca perdida. Además, tendrás que devolver los costos según los casos establecidos en el anexo del reglamento del Pronabec.
4. Abandonar los estudios por no matricularse, no iniciar o no continuar los estudios después de haberse matriculado.
Consecuencia: te impide postular a cualquier otro tipo de beca o crédito del Estado por dos años desde que se declara la pérdida si el abandono se produjo antes del abono de la primera subvención, a inicios de los estudios o antes de finalizar el primer año. Para los que abandonan sus estudios a partir del segundo año de estudios, quedan impedidos de forma permanente. Asimismo, la devolución de los costos procede para los casos establecidos en el anexo del reglamento del Pronabec.
5. Incumplir las leyes del país donde cursa estudios, con sentencias condenatorias firmes en el ámbito penal.
Consecuencia: te impide de forma permanente postular a cualquier otro tipo de beca o crédito del Estado. Además, tendrás que devolver el total de los costos académicos y no académicos acumulados hasta la fecha de la sentencia condenatoria.
6. Otras causas graves que sean determinadas por el Pronabec.
Consecuencia: el Pronabec evalúa el impedimento y la devolución de costos.
Recuerda que esta información se basa en la Ley n.° 29837 que crea el Pronabec, el reglamento aprobado con Decreto Supremo n.º 018-2020-MINEDU y la Norma que regula las disposiciones para el beneficiario de becas de pregrado, posgrado y becas especiales, aprobada por Resolución Directoral Ejecutiva n.° 066-2021-MINEDU/VMGI-PRONABEC. Estos documentos son de acceso público y puedes revisarlos en el siguiente enlace: www.pronabec.gob.pe/normas-beneficiario-del-pronabec/
Para más información, ingresa a la página web https://www.gob.pe/pronabec También pueden realizar tus consultas a través del Facebook del Pronabec www.facebook.com/PRONABEC, llamar a la línea gratuita 080 00 00 18 o la central telefónica (01) 612 82 30 o consultar al WhatsApp institucional 966 429 596.
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