Viernes, 18 Octubre 2024 - 12:15am
Chiclayo en Línea.- La Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi aprobó con condiciones la operación de concentración empresarial, por la cual la compañía suiza Sika AG, a través de su filial Sika Perú (Sika), adquirirá las empresas peruanas que conforman el Grupo Chema.
Las condiciones impuestas buscan reducir los riesgos en los mercados de ciertos materiales de construcción, como aditivos químicos para mortero, agentes de unión, productos para concreto y morteros premezclados para baldosas.
Conforme a dichas condiciones, Sika deberá, por un lado, ceder de forma definitiva algunas marcas del Grupo Chema y, por otro lado, licenciar por siete años otras marcas utilizadas para la comercialización de determinados productos a una tercera empresa que pueda competir de manera efectiva en los mercados en los que se identificaron potenciales riesgos a la competencia derivados de la operación de concentración.
Además, Sika tendrá que autorizar el uso del logo de la marca “Chema” y la imagen comercial de los productos de las marcas cedidas y licenciadas por un tiempo de entre cinco y siete años.
La empresa también acatará un periodo de bloqueo de tres años después de culminado el licenciamiento, durante el cual no podrá vender productos bajo las marcas licenciadas. Esto permitirá que la nueva empresa tenga tiempo para consolidarse como un competidor efectivo en el mercado sin la competencia directa de Sika.
Mientras se completa el proceso de cesión y licenciamiento de marcas, Sika no podrá modificar los precios de los productos del paquete afectado. Esta medida busca proteger a los consumidores y garantizar que no haya un alza de precios.
Esta es la cuarta operación que se aprueba con condiciones en segunda fase, según el régimen de control previo de operaciones de concentración empresarial vigente desde junio de 2021. La versión pública de la Resolución 206-2024/CLC-INDECOPI se difundirá en la web institucional en el plazo previsto en la Ley 31692 y una vez resueltas las solicitudes de confidencialidad de las partes. (Fuente: Andina)
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