Jueves, 1 Agosto 2024 - 11:15pm
Chiclayo en Línea.- Si has ingresado tu solicitud para el retiro de hasta 20,600 soles de tu fondo en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), mediante el siguiente link podrás realizar el seguimiento respectivo de tu requerimiento para el respectivo cobro.
En efecto, después de dos días útiles de haber registrado la solicitud de retiro, el trabajador puede efectuar el seguimiento respectivo en el enlace: www.solicitaretiroafp.pe
Ingresa tu solicitud
De acuerdo con la Asociación de AFP, antes de comenzar el trámite de solicitud el interesado deberá asegurarse de tener una cuenta financiera personal no mancomunada, que los datos de contacto se encuentren actualizados en las AFP y tener a la mano la clave web.
Luego podrás ingresar la solicitud de manera 100 % digital en www.solicitaretiroafp.pe, de lunes a viernes de las 08:00 a 18:00 horas, según el cronograma establecido.
No comisiones
Importa saber además que las AFP no cobran comisión alguna al afiliado en el proceso de retiro de hasta 4 UIT. Todos los costos administrativos con las entidades financieras son asumidos por las AFP.
El beneficio está dirigido a todos los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, sin excepción. Se estima que más de nueve millones de afiliados accederán de manera voluntaria a este sétimo retiro de fondos de las AFP.
Mecanismo de desembolso
Los desembolsos se realizarán en cuatro armadas, una UIT en cada una (5,150 soles), siendo de la siguiente forma:
- El primer desembolso se realizará 30 días después de presentada la solicitud de retiro. Si la solicitud se hizo el lunes 20 de mayo, la transferencia debería ser el 14 de junio, aproximadamente.
- El segundo desembolso se realizará 30 días después de la primera transferencia.
- El tercer desembolso, 30 días después de la segunda transferencia.
- El cuarto desembolso, 30 días después de la tercera transferencia.
El afiliado que desee desistir de su solicitud de retiro lo comunicará a la AFP, por única vez, hasta 10 días calendario previos a la fecha en que se haya programado cualquiera de los cuatro desembolsos.
La AFP, finalmente, es responsable de realizar la retención judicial o convencional solo por deudas alimentarias hasta un 30 % del monto retirado en cada desembolso. (Fuente: Andina)
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