Chiclayo en Línea.- En los primeros cuatro meses del año (de enero a abril de 2018), la Contraloría General de la República sancionó administrativamente a 468 funcionarios y servidores públicos por incurrir en faltas graves o muy graves durante el ejercicio de sus funciones, por lo que están impedidos de trabajar en el Estado.
De acuerdo a la gravedad de las infracciones, los funcionarios o servidores públicos fueron suspendidos de 30 a 360 días o inhabilitados para ejercer la función pública de 1 a 5 años.
Del total de sancionados administrativamente, 153 sanciones quedaron consentidas en primera instancia, es decir, no fueron apeladas por los sancionados; y 315 fueron confirmadas en segunda instancia por el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas (TSRA).
Las regiones que concentran el mayor número de funcionarios y servidores sanciones son Lima (85), Cajamarca (50), Lambayeque (46), Tumbes (30) y La Libertad (25).
Cabe precisar que la responsabilidad administrativa funcional es independiente de las responsabilidades penales o civiles que pudieran establecerse contra los funcionarios o servidores por los mismos hechos.
Es importante resaltar que los titulares de las entidades públicas del país deben ejecutar de manera inmediata las resoluciones que emita la Contraloría General y el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, contra los funcionarios y servidores públicos que hayan sido sancionados administrativamente.
Transparencia
Las sanciones de suspensión e inhabilitación son inscritas en el registro de sancionados de SERVIR y publicadas en el renovado portal web de la Contraloría www.contraloria.gob.pe, como parte de su política de transparencia y acceso a la información. Para acceder a la lista debe dar click al botón “Participación Ciudadana”, luego dirigir el cursor a la sección “Conoce nuestra facultad sancionadora” y ubicar en el lado izquierdo “Registro de sancionados”.
También puede hacer consultas sobre sanciones inscritas y cumplidas en el año 2017
Autoridades electas por voto popular
Con la nueva Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General y del Sistema Nacional de Control, vigente desde el 29 de marzo de 2018, las autoridades electas que incurran en alguna acción u omisión considerada como infracción grave o muy grave podrán ser procesados en el Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) y ser pasibles de sanciones de suspensión y/o inhabilitación, según corresponda.
Procedimiento sancionador
El procedimiento sancionador tiene dos instancias que cuentan con autonomía técnica:
La primera instancia está a cargo de la Contraloría e integrada por el Órgano Instructor que realiza las investigaciones, propone las infracciones y sanciones; y un Órgano Sancionador que impone o desestima las sanciones propuestas.
La segunda instancia a cargo del TSRA, órgano colegiado adscrito a la Contraloría General, resuelve en última instancia las apelaciones presentadas por los servidores y funcionarios públicos.
Comentarios