JNE exhorta a entidades públicas a garantizar el cierre de campaña electoral 2026
Chiclayo en Línea. - El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) exhorta a las
municipalidades y demás entidades públicas a brindar las facilidades que
correspondan para el desarrollo de las actividades de cierre de campaña de las
organizaciones políticas que participan en las Elecciones Regionales y
Municipales (ERM) 2026, garantizando el ejercicio de los derechos de reunión,
participación política y libertad de expresión de la ciudadanía.
Recuerda que las autoridades deben actuar, de acuerdo con
sus competencias, con estricto acatamiento del principio de neutralidad y
dentro del marco de la legislación vigente, evitando adoptar medidas que
restrinjan el desarrollo de actividades proselitistas permitidas por la
Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones.
En ese sentido, el organismo electoral señala que el derecho
al sufragio, reconocido en el artículo 31 de la Constitución Política del Perú,
comprende el derecho de los ciudadanos a elegir libremente a sus representantes
y el derecho a ser elegido. En el tramo final de la campaña electoral, el
acceso al debate público, la exposición de propuestas y el contacto entre las
candidaturas y la ciudadanía contribuyen a que los electores cuenten con
información para ejercer su voto de manera libre y reflexiva.
Asimismo, precisa que los actos de cierre de campaña forman
parte de las actividades de participación política, por lo que las decisiones
de las entidades públicas deben garantizar los derechos de los ciudadanos y de
las organizaciones políticas, preservando, al mismo tiempo, el orden público y
la seguridad de todos los ciudadanos.
El JNE hace también un llamado a fortalecer la coordinación
interinstitucional entre municipalidades, autoridades políticas y entidades
responsables de la seguridad y el orden interno, a fin de contribuir a que las
actividades electorales se desarrollen de manera pacífica y con respeto a las
normas establecidas.
Al respecto, recordó que el artículo 190 de la Ley Orgánica
de Elecciones (Ley N.° 26859) establece que, desde dos días antes del día
señalado para las elecciones, no pueden efectuarse reuniones o manifestaciones
públicas de carácter político.
Finalmente, el JNE reitera su compromiso con la defensa de
la voluntad popular y la integridad de las ERM 2026, e insta a las autoridades
y servidores públicos a contribuir al desarrollo de una campaña electoral
democrática, respetuosa de los principios de legalidad, neutralidad y
participación ciudadana. (Fuente: JNE)