¿Cuáles son las restricciones electorales que rigen desde este lunes 28 con miras a las Elecciones Regionales y Municipales?
Chiclayo en Línea. - El Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
informó que este lunes 28 de setiembre comenzarán a regir las restricciones
electorales en todo el territorio nacional, con miras a las Elecciones
Regionales y Municipales del domingo 4 de octubre.
Así, mediante un comunicado, la entidad detalló que desde
las 00:00 horas del lunes 28 de setiembre quedará prohibida la difusión o
publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, de
acuerdo con el artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
El JNE recordó que esta infracción se sanciona con una
multa de entre 10 y 100 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente,
según la información difundida por el organismo, a montos de entre 55 000 y 550
000 soles.
Asimismo, a partir de las 00:00 horas del viernes 2 de
octubre, dos días antes de los comicios, quedarán prohibidas las reuniones y
manifestaciones públicas de carácter político, conforme al artículo 190 de la
LOE.
De incumplir esta disposición, se sancionará con una pena
de prisión no menor de tres meses ni mayor de dos años, de acuerdo con el
artículo 388 de la misma norma.
Por otro lado, la propaganda política de cualquier tipo y
difundida por cualquier medio se suspenderá desde las 00:00 horas del sábado 3
de octubre; 24 horas antes de la elección. Infringir esta prohibición implica
una pena de prisión no menor de dos años.
¿Cuándo comienza la "ley seca" y cuándo termina?
La denominada "ley seca" regirá desde las 8:00 a.
m. del sábado 3 de octubre hasta las 8:00 a. m. del lunes 5 de octubre. Durante
este periodo, queda prohibido el expendio de bebidas alcohólicas de cualquier
tipo. Además, deberán cerrar los establecimientos y espacios dedicados
exclusivamente a dicha actividad, conforme al artículo 351 de la LOE.
En tanto, en el artículo 390 se establecen las sanciones
por incumplir esta restricción, que incluyen una pena de prisión no mayor de
seis meses y una multa calculada en función del ingreso mínimo vital y los días
de multa. El JNE señala que esta última asciende a S/ 3 390.
ACTIVIDADES PROHIBIDAS EL DÍA DE LAS ELECCIONES
El domingo 4 de octubre, entre las 7:00 a. m. y las 5:00 p.
m., no se permitirán reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de
los centros de votación.
Durante ese periodo también estarán prohibidos los
espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, las funciones
teatrales y cinematográficas, así como las reuniones públicas de cualquier
clase.
Las sanciones por incumplir estas y otras disposiciones
electorales están contempladas en el título XVI de la LOE, referido a los
delitos, las sanciones y los procedimientos judiciales.
A fin de cumplir estas disposiciones, el JNE informó que
sus fiscalizadores realizarán operativos en todas las regiones del Perú para
supervisar su cumplimiento.(Fuente: RPP Noticias)