Entidades públicas y privadas deben prestar sus instalaciones para elecciones regionales y municipales
Chiclayo en Línea.- En las Elecciones Regionales y Municipales 2026, se aplicará
por primera vez la Ley n.° 32594, que establece que las entidades públicas y
privadas cuyos locales hayan sido designados como locales de votación están
obligadas a facilitar su uso y a brindar las condiciones necesarias para la
instalación y funcionamiento de las mesas de sufragio. Dicha norma modificó el
artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y fue publicada el
pasado 15 de mayo.
La nueva ley dispone que se facilite el uso de los locales
“desde dos días antes de la elección, a partir de las 16:00 horas, hasta las
18:00 horas del día siguiente de los comicios”. Asimismo, establece que el
incumplimiento de esta obligación constituye una infracción sancionable con una
multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT),
conforme a los criterios de gradualidad y progresividad establecidos en el
reglamento de la Ley n.° 32594, aprobado mediante la Resolución Jefatural N.°
000095-2026-JN/ONPE.
Dicho reglamento precisa que la ONPE debe emitir una
resolución gerencial que contenga la lista de todos los posibles locales de
votación. Por esa razón, el organismo electoral ha publicado hoy en El Peruano
la Resolución Gerencial n.° 000151-2026 GOECOR, que contiene la relación de los
10 728 locales donde se instalarían mesas de sufragio el 4 de octubre.
Ingresando a
https://www.onpe.gob.pe/modMarco-Legal/Locales-votacion-ERM2026.pdf, es posible
visualizar la lista, que incluye mayoritariamente recintos pertenecientes a
entidades educativas públicas y privadas, de todos los tipos y niveles, además
de algunos espacios comunales, deportivos o parroquiales. Para confirmar que
efectivamente funcionarán como locales de votación, debe concluirse la labor de
verificación que está llevando a cabo la ONPE a nivel nacional.
VERIFICACIÓN DE LOCALES
Personal de las 125 oficinas descentralizadas de procesos
electorales (ODPE) creadas para las próximas elecciones está verificando las
condiciones en que se encuentra la infraestructura de los locales de votación
designados, identificando aquellos que presentan riesgos de sufrir daños o que
registran deterioro como consecuencia de fenómenos naturales. En particular, se
evalúan los posibles efectos del fenómeno El Niño y se preparan medidas de
contingencia destinadas a evitar que estas situaciones dificulten la ejecución
de actividades operativas indispensables para la realización de los comicios.
En cada recinto, se examina el estado de los techos, pisos,
paredes, puertas, ventanas y servicios higiénicos. También se revisan los
círculos de seguridad en los patios, el cerco perimétrico, los servicios de
agua y energía eléctrica, además de la cantidad de tomacorrientes,
interruptores y luminarias.
De desarrollarse regularmente el procedimiento de
verificación, el personal de la ODPE suscribirá un acta de aceptación con el
titular o responsable del local de votación. En caso de negativa o resistencia
a la verificación y/o a la suscripción de dicha acta, se procederá conforme a
lo establecido en el reglamento.
Una vez que la ONPE reciba, en calidad de préstamo, los
locales de votación, los adecuará para el desarrollo de la jornada electoral.