Onpe otorgará franja electoral en las elecciones primarias

Lunes, 21 Abril 2025 - 10:45pm

Chiclayo en Línea. - La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) determinó que en el marco de las elecciones primarias de las Elecciones Generales (EG) 2026, de manera excepcional, se otorga el financiamiento público indirecto para todas aquellas organizaciones políticas que cuenten con candidatos inscritos ante su Órgano Electoral Estatutario.

Para este efecto, incorporó una Quinta Disposición Transitoria en el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, según la Resolución Jefatural n.° 000064-2025-JN/ONPE. publicada en el diario El Peruano.

La norma agrega que para el caso de la transmisión de la franja electoral de las elecciones primarias de las EG 2026 se considera como día de votación el último domingo del mes de noviembre de 2025, independientemente de lo establecido en el literal c) de la Decimonovena Disposición Transitoria de la Ley n.°  26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE).

Finalmente, establece que “en caso de que ninguna organización política opte por las modalidades de elección establecidas en los literales a) y b) del artículo 24 de la Ley 28094 (LOP) se considera como día de votación el primer domingo del mes de diciembre de 2025”.

En los considerandos de la resolución se menciona que conforme lo establecen las normas vigentes sobre la materia, el financiamiento público indirecto en periodo electoral es un beneficio que otorga el Estado a todas aquellas organizaciones políticas con candidaturas inscritas en los diferentes procesos electorales, incluyendo las elecciones primarias, para que difundan sus planes de gobierno.

“Es decir, se debe entender que el acceso a este beneficio se encuentra sujeto a una condición sine qua non, y es precisamente que la agrupación política haya alcanzado la inscripción de sus personas candidatas”, concluye.

En específico, según el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios,  la franja electoral es el espacio contratado por el Estado en los medios  de radiodifusión y televisión, de propiedad privada o del Estado de señal abierta, canales nacionales de cable de alcance nacional, estaciones de radio, públicos y privados y medios de comunicación digitales (redes sociales), para que las organizaciones políticas que participan de un proceso electoral con candidaturas inscritas, incluyendo las elecciones primarias, puedan difundir planes de gobierno y propaganda electoral.

La citada resolución será puesta en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

 

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