Chiclayo en Línea.- El Gobierno dictó una serie de medidas para reducir el riesgo de contagio de la covid-19 y estimular la vacunación, así como para alentar las actividades económicas de cara a las fiestas de fin de año.
Algunas de estas medidas entraron en vigencia ayer 15 de noviembre pero otras recién el 15 de diciembre, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 168-2021-PCM publicado el pasado domingo 14. Entérate en esta nota cuáles son y desde cuándo estarán en vigor.
Desde el 15 de noviembre.
-Viajes a provincias: Los pasajeros del servicio de transporte terrestre interprovincial mayores de 45 años solo podrán abordar el bus si acreditan su dosis completa de vacunación. Esto se cumplirá en los cuatro niveles de alerta, es decir en todo el país sin excepción.
-Toque de queda: Del 15 al 28 de noviembre el toque de queda en Lima Metropolitana, el Callao y el resto del país -excepto Virú, Huaura, Mariscal Nieto, Morropón, Sullana, Moyobamba y Chincha- se mantendrá de 02:00 a 04:00 a.m. La norma rige de lunes a domingo.
Durante el toque de queda se permitirá el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como para la adquisición de medicamentos y para participar en el proceso de vacunación, incluyendo a un acompañante.
-Estadios con más aforo: Del 15 al 28 de noviembre los estadios deportivos permitirán el ingreso de más personas vacunadas contra la covid-19 con las dos dosis, dado que el aforo autorizado se elevó de 20 a 30% en zonas con el nivel de alerta moderado.
En el caso de las provincias de Virú, Huaura, Mariscal Nieto, Morropón, Sullana, Moyobamba y Chincha, clasificadas en nivel de alerta alto, tienen 0% de aforo a estadios deportivos y por tanto no tienen autorización para la asistencia de público.
-Sector salud: Desde el 15 de noviembre los trabajadores del sector salud deberán tener vacunación completa para cumplir sus labores de manera presencial en su centro de trabajo.
-Aforos hasta el 80%: a partir del 15 de noviembre, diversos espacios cerrados del país tendrán un aforo incrementado al 80%, tal como se detalla a continuación:
*Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80% (antes 40%)
*Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80% (antes 50%)
*Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80% (antes 50%)
*Cines y artes escénicas: 80% (antes 40%)
*Bancos y otras entidades financieras: 80%
*Templos y lugares de culto: 80% (antes 60%)
*Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80% (antes 50%)
*Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80% (antes 50%)
*Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80% (antes 50%)
*Eventos empresariales y profesionales: 80% (antes 50%)
Desde el 15 de diciembre
-Solo vacunados podrán ingresar a espacios cerrados: De acuerdo con el citado Decreto Supremo, a partir del 15 de diciembre solo las personas mayores de 18 años vacunadas contra el coronavirus con las dos dosis podrán ingresar a espacios cerrados.
La disposición regirá en todo el país, sin excepción. Las personas deberán presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado su vacunación contra la covid-19.
-Transportistas vacunados: A partir del 15 de diciembre los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los conductores que brindan servicios de delivery, podrán operar solo si acreditan su dosis completa de vacunación.
-Empresas con trabajadores vacunados: A partir del 15 de diciembre de 2021, toda empresa con más de diez trabajadores sólo podrá operar de manera presencial si todos sus trabajadores acreditan su dosis completa de vacunación contra la covid-19.(Andina)
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