Domingo, 2 Mayo 2021 - 9:30am
Chiclayo en Línea.- Entre enero y febrero del 2021, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) detectó un total de 31 578 excesos de velocidad en las vías nacionales, a través del control que realiza con cinemómetros en los tramos con mayor concentración de accidentes en carreteras.
Según el reporte estadístico publicado por dicha entidad, la región en la que se detectó un mayor número de infracciones fue Lima, con un total de 11 057, seguida de La Libertad (6 320), Piura (4 056), Junín (3 239), Arequipa (3 007), Puno (1 384) Ica (1 041), Áncash (639), Moquegua (577) y la región Lambayeque con 258 excesos de velocidad.
Asimismo, de los 31 578 excesos de velocidad detectados durante el primer bimestre del 2021, los autos y pick-ups protagonizaron el 84% de dicho total. Los vehículos de carga representaron el 12%, mientras que los microbuses y minibuses se vieron involucrados en el 3% de infracciones. En tanto, los buses, en el 1% de los excesos detectados.
El análisis realizado por la SUTRAN reveló además que la carretera Panamericana Norte fue escenario de 18 388 faltas por excesos de velocidad. En tanto, en la Panamericana Sur se registraron 7 479; la carretera Longitudinal de la Sierra Sur presentó 4 851 infracciones, la carretera Central 814.
Frente a esta problemática, la SUTRAN recordó a todos los conductores que se trasladan por carreteras respetar los límites de velocidad establecidos a lo largo de las vías nacionales, con el objetivo de contribuir a la reducción de accidentes de tránsito en todo el país. Como se sabe, el exceso de velocidad es una de las principales causas de accidentes de tránsito a nivel nacional.
Cabe resaltar que el órgano fiscalizador realiza un control permanente de la velocidad de los vehículos a través de cinemómetros, los cuales están localizados en los tramos de concentración de accidentes más severos de las carreteras, con la finalidad de prevenir accidentes de tránsito por exceso de velocidad.
De acuerdo al Reglamento Nacional de Tránsito, esta infracción se sanciona con el 18% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a S/ 792 y no tiene opción a descuento.
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