Chiclayo en Línea.- En el marco de las nuevas disposiciones emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) informó que la circulación de las unidades de transporte interprovincial está permitida durante los horarios diferenciados de inmovilización social obligatoria, siempre que el abordaje se realice antes del inicio de los mismos.
De esta manera, en el caso de las regiones de Áncash, Ica, Lima regiones, Junín, Lambayeque, Piura y Tacna, calificadas con un nivel de alerta muy alto, el embarque de pasajeros en los terminales autorizados podrá realizarse hasta antes de las 7 de la noche.
En tanto que, en Arequipa, Apurímac, Cusco, Pasco, Tumbes, Cajamarca, Lima Metropolitana y Callao, Huánuco, La Libertad, Madre de Dios, Moquegua y Puno, regiones con un nivel de alerta alto, el embarque se podrá realizar hasta antes de las 9 de la noche.
Para las regiones de Amazonas, Loreto, Ucayali, Ayacucho, Huancavelica y San Martín, con un nivel de alerta moderado, la inmovilización social obligatoria rige a partir de las 11 de la noche por lo que el embarque está permitido hasta dicha hora.
En ese sentido, la SUTRAN exhortó a las empresas de transporte a cumplir con las disposiciones decretadas y realizar el embarque de pasajeros antes de los horarios de toque de queda establecidos para cada región, según acuerdo al nivel de alerta epidemiológica establecida.
Protocolos sanitarios y sanciones
Por otro lado, el ente fiscalizador advirtió que, aunque las unidades tienen permitido continuar con su recorrido hasta su lugar de destino dentro de los horarios restringidos, el recojo de pasajeros en ruta está completamente prohibido.
Agregó además que el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad como el uso de mascarillas y protector facial, la desinfección continua de las manos y la instalación de cortinas de polietileno, siguen siendo de carácter obligatorio tanto para transportistas y usuarios.
En esa línea, recalcó que las multas para las empresas de transporte, conductores, y operadores de terminales terrestres por el incumplimiento de las normas van desde S/ 215 hasta los S/2 200.
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