Chiclayo en Línea.- El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego a través de la Resolución Directoral 002-2021-MIDAGRI-SENASA-DIAIA, prohibió el registro, importación, formulación local, distribución, comercialización y uso de formulaciones comerciales de plaguicidas agrícolas que contengan el ingrediente activo Forato.
Esta decisión se toma considerando que en la novena reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Rotterdam se clasificó al Plaguicida Forato como extremadamente peligroso y muy tóxico. Esta clasificación tuvo como fundamento el documento de orientación para la toma de decisiones en el que se indicó que Brasil prohibió su uso por los riesgos previstos en la exposición de los trabajadores agrícolas, los transeúntes y la población en general.
“Luego del análisis correspondiente, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria tomó esta decisión como parte del esfuerzo conjunto con otros países a fin de proteger la salud humana y el ambiente frente a posibles daños”, señaló Miguel Quevedo Valle, Jefe Nacional del SENASA.
El Forato es un plaguicida de uso agrícola con actividad insecticida, acaricida y nematicida que actualmente no tiene ninguna formulación registrada en el Perú, y tampoco se importa distribuye o comercializa, por lo que la decisión de su prohibición se realiza en forma preventiva.
Al igual que nuestro país, Canadá también prohibió el forato porque llegó a la conclusión de que su uso presenta un riesgo alto para el ambiente.
“Como alternativa responsable con el ambiente, desde el SENASA propiciamos el uso del control biológico en los principales cultivos y valles agrícolas del país, como alternativa en el manejo de plagas, para que de esta manera se evite el uso indiscriminado de agroquímicos y disminuir así, los residuos tóxicos en los alimentos”, añadió Quevedo Valle.
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